El Impuesto al valor agregado es pagado por todos los ciudadanos cada vez que adquieren algún servicio o bien mueble o inmueble, viéndose reflejado claramente en su factura electrónica o boleta. En Chile, equivale al 19% de la transacción y debe pagarse por toda venta igual o superior a 180 pesos. Al igual que en Chile, rige en casi en todos los países del mundo, siendo pocos los que no lo cobran. Básicamente es un recargo sobre el valor del bien o servicio adquirido.
Lo soporta el consumidor final (no el productor o comerciante), sin que sus ingresos o posición económica marquen la diferencia en la tarifa.
Este tipo de impuesto representa una parte importante del presupuesto con el que el Estado financia sus obligaciones económicas, sociales, culturales y demás que tenga para con su respectiva población.
Para ejemplificar, el valor de un ordenador de escritorio puede ser de $300.000 pesos, pero cuando una persona va a comprarlo, el vendedor le hace un recargo de $57.000 pesos, equivalentes al 19% de su valor real, que debe reflejarse claramente en el documento de compra, generando un valor total de $357.000 pesos.
Al vendedor le asiste la obligación de declarar ante el SII esta venta y su respectivo IVA, a fin de que el recaudo llegue a las arcas del Estado y éste, a su vez, le devuelva el IVA que le cobraron sus respectivos proveedores. De lo contrario, estaríamos hablando de un tributo pagado por toda transacción y no de uno asumido únicamente por el consumidor final.
¿Qué más debes saber sobre el IVA?
Para comprender con mayor exactitud qué es el IVA en Chile es prudente entender algunos conceptos adicionales:
- El IVA es un impuesto indirecto: los tributos de este tipo son los que el Estado cobra mediante las actividades o transacciones que los contribuyentes realizan. Es decir, que no gravan su riqueza o patrimonio -como sucede con los directos-, sino los intercambios comerciales que hacen. Así las cosas, el Impuesto de Valor Agregado, como los que recaen sobre el tabaco y el combustible, hace parte del grupo de impuestos indirectos establecidos por el SII.
- El IVA es un impuesto regresivo: esta clase de tributos son aquellos que no guardan relación alguna entre la tarifa pagada y la capacidad económica del contribuyente. Es decir que tanto pobres como adinerados pagan sobre la misma tasa de tributación. En cierta forma, son un poco inequitativos porque, en proporción a sus ingresos, las clases menos favorecidas pagan más que aquellas que gozan de ciertas riquezas.
- El IVA es un impuesto de retención: se le llama así porque el comerciante, al emitir la boleta o la factura, cobra el IVA para “retenerlo” y posteriormente enterarlo a las arcas fiscales. Es decir que, en esta materia, el vendedor solo hace las veces de recaudador intermediario entre el fisco y el consumidor, validando el carácter de “indirecto” que le asiste a este tributo.
- Débito fiscal (ventas): es el Impuesto al Valor Agregado reflejado en facturas, boletas, liquidaciones, notas de crédito y débito, emitidas por la venta de diferentes tipos de productos o servicios.
- Crédito fiscal (compras): hace referencia al tributo que está incluido en las facturas de proveedores o de compras, así como también en las notas de débito y crédito, que certifican adquisiciones o utilización de servicios.
¿Cómo funciona el IVA en Chile?
Es claro que el IVA en Chile es un tributo que paga el consumidor final al adquirir un producto o servicio. Pero ¿por qué lo pagan también los comerciantes al comprar las mercancías que van a comercializar? Básicamente, esto sucede porque es el mecanismo que el fisco tiene para controlar el recaudo de este tributo y limitar las evasiones.
Cada ente que medie entre el productor y el consumidor final paga el IVA a la hora de hacer la compra de determinado producto a comercializar, pero al realizar la venta del mismo también lo cobra y, al declararlo, recibe el reembolso del 19% que había cancelado por este concepto (a esto se le conoce como crédito fiscal).
Todo este proceso es controlado mediante documentos que pueden ser boletas o facturas:
- Factura Electrónica: es el documento de compra y venta expedido entre productores, proveedores y demás comerciantes que transaccionan entre sí antes de que el producto llegue a manos del consumidor final. Mediante éste, es posible tramitar el crédito fiscal (reembolso del IVA) y tener acceso a las ventajas del mérito ejecutivo de la tercera copia obligatoria, entre las cuales se encuentra el financiamiento a través del factoring.
- Boleta Electrónica: hace referencia al documento tributario entregado al consumidor final, quien no tiene derecho a tramitar ningún reembolso de crédito fiscal pues es a él a quién le ley obliga a asumir este gravamen.