Estimados clientes,
Junto con saludarles, cumplimos con informar, mediante la presente, que debido a modificación de la Ley de IVA Nº 21.420, artículo VI, a contar del día 1 de enero de 2023, todos los servicios, salvo puntuales excepciones, serán gravados con IVA.
Debido a lo anterior, todos nuestros servicios se encontrarán afectos a este gravamen, por lo que, como lo señala el pronunciamiento del SII, según Oficio Nº 294 del año 2004, la responsabilidad del pago del nuevo o mayor tributo es de cargo del beneficiario del servicio, por lo que el prestador del mismo, lo debe agregar al cobro de la remuneración al momento de emitir la respectiva factura de venta del servicio.
Es importante mencionar, que este impuesto podrá ser recuperado (descontado) en su declaración de IVA mensual, ya que genera IVA crédito.
Les saluda atentamente,
Equipo Inicia Tu Pyme